En España, los animales dejan por ley de ser cosas y pasan a ser lo que son, seres que sienten.

El Pleno aprobó este jueves la proposición de ley para dotar a los animales de un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó definitivamente este jueves una proposición de ley que modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil para dotar a los animales de un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales y que sean considerados «seres vivos dotados de sensibilidad» y no como cosas.

La Cámara Baja dio luz verde a todas las enmiendas del Senado excepto una, con lo que vuelve al texto inicial del Congreso de que el juez puede aprobar acuerdos de divorcio, nulidad o separación salvo si son «dañosos para los hijos, gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges o gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía».

La norma regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de divorcio o separación y señala que las mascotas no deben ser embargadas o hipotecadas, que no sean abandonadas, que no se les cause sufrimiento o dolor, no se las utilice como herramienta en la violencia de género y que pueda disponerse de ellas por testamento.

Esta iniciativa hereda otras propuestas de la pasada legislatura, concretamente una proposición no de ley presentada por Ciudadanos y una proposición de ley del PP (ambas aprobadas por unanimidad), pero ésta decayó en la fase de ponencia de la Comisión de Justicia tras cerca de un año de trabajo porque las Cortes Generales se disolvieron con la convocatoria de elecciones generales anticipadas.